Nominación de Hidrocarburos
a) Junto con cada Programa de Trabajo, el Contratista entregará a PEP un programa de nominación considerando el volumen total de los Hidrocarburos e interrupciones por mantenimiento y libranzas. PEP entregará al Contratista sus observaciones u objeciones a dicho programa.
b) Una vez aprobado el Programa de Nominación, el Contratista estará obligado a la entrega de los volúmenes nominados y a mantener la continuidad operativa de los sistemas de producción y recolección de Hidrocarburos.
c) Cada Parte nombrará a un representante para cada Punto de Medición, quienes serán los responsables de verificar la medición y revisar el cumplimiento del programa de nominación.
d) Las variaciones observadas al programa de nominación deberán ser documentadas por los representantes de cada Parte y los reportes correspondientes entregados al Grupo Directivo.
e) Cualquiera de las Partes podrá proponer cambios al programa de nominación, indicando las causas, el periodo de cambio y demás circunstancias relevantes que justifiquen la modificación del programa. El Grupo Directivo acordará dicha modificación y el programa modificado estará vigente a partir de la fecha y por el plazo que determine el Grupo Directivo.