Por otra parte, a diferencia de lo que ocurre en el sector privado, en el IGSS al derechohabiente no lo excluyen de la atención si no puede pagar, o porque tenga una condición preexistente; tampoco le dicen que su seguro no le alcanza para cubrir su necesidad médica (“ya se lo gastó”), o que por su edad ya no le atienden o solo le atienden ciertas cosas, a menos que compre otro seguro, y a veces ni así. Aun cuando el costo del seguro privado sea bajo, como ocurre con los seguros de los bancos, el tema son las exclusiones y las condiciones de acceso que vienen adjuntas en letra pequeña, sin que haya ninguna autoridad competente que vele por el tema.